De emprendedor a emprendedor

Enrique Montoliu Alcón 20/02/2017

Me gusta recordar, de cuando en cuando, que los notarios tenemos una doble naturaleza. Somos funcionarios públicos, sí; pero al mismo tiempo también somos profesionales del derecho, en concreto, autónomos. Y también tuvimos que emprender en su momento. Si este factor lo combinamos con los conocimientos de derecho mercantil que se nos exigen para aprobar la oposición, y que aplicamos día a día, resulta que no es ninguna tontería pensar en el notario para resolver las necesidades que tenga tu empresa.

La primera duda que surge en la mente de todo emprendedor es ni más ni menos: “¿cómo empiezo?”. El asesoramiento notarial previo a la autorización de cualquier escritura –asesoramiento gratuito, por cierto- comienza incluso antes de que la actividad empresarial se inicie. En esta fase te podemos ayudar a decidir sobre qué tipo de sociedad escoger, o si podrían afectar las deudas de la empresa a tus bienes personales (¡o a los bienes de tu cónyuge!). No damos nada por sabido, ya que precisamente estas dudas o temores iniciales son los más frecuentes.

Un ejemplo: muchos saben que una sociedad limitada (S.L.) requiere un capital social, esto es, una primera inversión mínima, que hoy es de tres mil euros. Pero no tantos saben que esa aportación inicial no es necesario que sea en dinero. Tal vez no te venga bien desembolsar inicialmente esa cantidad pero, oye, ¿para qué tengo que aportar dinero si tengo un equipo informático que ya vale esos tres mil euros? Pues puedes aportar eso. Quien dice equipo informático también dice un conjunto de muebles, herramientas… lo que se te ocurra.

Este ejemplo concreto de asesoramiento, aunque parezca básico, ha permitido a personas que acudieron a mí, constituir una sociedad que de otro modo no hubieran podido crear. Y sólo por el simple desconocimiento de la llamada “aportación no dineraria”. Eso sí, los notarios se lo explicamos y estas personas comprenden que son responsables de que sus aportaciones no dinerarias tengan ese valor mínimo de tres mil euros.

El asesoramiento notarial no acaba en la constitución de una sociedad. Imagina que la sociedad va de maravilla y quieres ampliar su capital, o lo que es lo mismo, esa inversión inicial. O resulta que hiciste una aportación muy grande, que no era realmente necesaria y quieres recuperar parte de ella… ¿Y si el administrador único de la sociedad se nos enamora, se fuga con su amante y desaparece del mapa sin avisar? ¡¿Cómo hacemos que todo siga funcionando?! ¿¡Socorro!?

Que no cunda el pánico. Todos estos ejemplos tienen solución, y también otros problemas que no he expuesto, no por falta de imaginación, sino porque la realidad es mucho más variada y compleja de lo que podríais creer. Como se suele decir, la realidad supera a la ficción.

Ahora bien, el derecho mercantil, que es el derecho que aplicamos para solucionar estos problemas, es un derecho muy formalista y de aplicación constante, por lo que sus interpretaciones son muy numerosas, unas veces en un sentido, otras veces en otro. Fundamental es para el notario estar al día de las más recientes normas y sus interpretaciones.

Imagina que estás redactando la documentación necesaria para obtener una solución que necesita tu empresa. Pues resulta que por culpa del formalismo del derecho mercantil es posible que hasta la simple omisión u olvido de un dato dé al traste con todo, con lo que perdemos tiempo, dinero y encima estarás igual que al principio.

Por eso es importante asesorarse, no ir a las bravas. Y en esa función de asesoramiento estamos, y siempre estaremos, los notarios, ¡aprovéchalo!

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