Mediación y arbitraje. ¿Qué son y qué efectos tienen?

Manuel Ignacio Cotorruelo Sánchez 18/07/2018

La mediación y el arbitraje tienen en común dos cosas: que son formas de resolver, sin contar con los Tribunales de Justicia, controversias o conflictos presentes o futuros que puedan surgir entre partes; y que, para que sean aplicables en la gestión de estas diferencias, necesitan que los interesados se sometan voluntariamente a ellos.

Para conocer cómo estas dos herramientas son aplicables a asuntos en los que los notarios ejercemos a diario nuestra función (herencias, derecho de familia, contratos, sociedades…) vamos a destacar sus diferencias a través de un ejemplo: pensemos en una pareja que compra una vivienda por mitad y quieren que, en caso de ruptura de su relación, las posibles controversias que surjan sobre el futuro de la propiedad se resuelvan sin intervención de los Tribunales. Como hemos visto, tienen que pactar la sujeción al arbitraje o a la mediación en la propia escritura de compraventa del piso o en otro documento separado. Ese momento es adecuado para que el notario les asesore sobre la utilidad de hacerlo y sobre las consecuencias de elegir uno u otro sistema. Si se separara nuestra pareja y surge el conflicto sobre quién se quedará la vivienda o si debe venderse, la forma de resolverlo y sus efectos son distintos según la herramienta que hayan elegido de las dos:

  • Si es el arbitraje, este puede ser de equidad (se resuelve conforme al leal saber y entender del árbitro según su sentido natural de lo justo) o de derecho, lo más usual y aplicable si no se dice nada. Comienza con el nombramiento del árbitro (o los árbitros en un número siempre impar) por los interesados o por la institución arbitral que éstos hayan elegido. El procedimiento arbitral es muy sencillo, ya que, una vez aceptado el cargo, los árbitros deben recibir las pruebas propuestas por las partes, (por ejemplo, en nuestro caso: informes técnicos sobre la valoración de la vivienda, ofertas firmes de los miembros de la pareja para su adjudicación o de compra de terceros), y tras valorarlas, dictarán el laudo resolviendo el caso. Ese laudo arbitral, que puede ser protocolizado notarialmente, tiene el mismo valor que una sentencia judicial. En nuestro ejemplo determinará quién de los dos copropietarios o qué tercero se queda con la vivienda, el precio y forma de pago. Si el obligado u obligados no lo cumple, se podrá pedir judicialmente su ejecución.

 

  • Si se pactó la mediación, la solución del conflicto no vendrá “impuesta” por un tercero como en el arbitraje, sino que son las partes quiénes deben conseguirla con la ayuda del mediador, que tiene como función facilitar dicha solución. Surgido el conflicto, se inicia la mediación mediante solicitud que se formula ante el mediador propuesto por una de las partes a la otra o ya designado por ellas, que debe tener una formación específica (no todo el mundo puede hacer una mediación) y asegurar la confidencialidad. Iniciado el procedimiento se producen dos sesiones entre las partes y el mediador: una informativa y otra constitutiva. A continuación, se desarrollan las actuaciones de mediación, de la que en cualquier momento las partes pueden desistir. El mediador intentará que la antigua pareja determine el futuro de la propiedad que mantienen en común, explicando los pros y los contras de cada una de las soluciones posibles, y las partes deberán decidir el acuerdo o cerrar el expediente. Sin acuerdo, el caso quedará abierto a la vía judicial o arbitral para su resolución. Si hay acuerdo, las partes podrán elevarlo a escritura ante notario para que adquiriera fuerza ejecutiva. En nuestro ejemplo, el acuerdo permitiría ir al notario y hacer la correspondiente escritura pública de propiedad de la vivienda a favor de la persona que hayan acordado.

Como veis son herramientas en las que los notarios aportaremos bastante por nuestra formación jurídica y posición neutral. Para satisfacer estas necesidades se han creado fundaciones notariales como SIGNUM o NEXUM que tienen por objeto prestar estos servicios.

 

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