¿Se puede heredar una notaría?
No. No se hereda ni la condición de notario ni, teniéndola, la plaza de notaría de un familiar o amigo.
Para aclarar las anteriores afirmaciones, es necesario partir de varias ideas: la primera, el sistema de acceso a la condición de notario; la segunda, las categorías de notarías, y la tercera el concurso.
Para ser notario se requiere, como han comentado en este blog otros compañeros, superar una oposición. El sistema de acceso se realiza a través de una dura y, en muchas ocasiones, larga oposición, y se basa en el esfuerzo y el mérito propios, nada más lejos de la idea de “herencia”.
La oposición consta de cuatro ejercicios, dos orales y dos escritos, que deben ser superados en su totalidad y sin posibilidad de “reservar” ninguno de ellos en caso de no aprobar el siguiente. Es decir, si suspendes el tercero, hay que volver a empezar.
Una vez que eres notario, tienes la categoría de la notaría a la que sirves. Hay notarías de primera, de segunda y de tercera, en función de distintas variables: que esté o no en las capitales de provincia, del tamaño de la población a la que atiende, la actividad económica de la zona…Que sean de una u otra categoría no significa que se presten menos servicios o que sean de peor calidad. En ningún caso. Es más una cuestión interna.
Las distintas plazas y el número de ellas por cada localidad se determinan en la demarcación notarial, que establece el Ministerio de Justicia.
Una vez que has aprobado la oposición puedes optar por las notarías que están vacantes. Tienen preferencia los notarios de promociones anteriores y los que hayan sacado mayor puntuación en la oposición en la que has aprobado. Esto no quiere decir que todos los notarios tengan que pasar necesariamente por una notaría de tercera y después por una de segunda para llegar a una de primera. Puede que accedan directamente a una notaría de segunda, pero para tener esta categoría es necesario que pases cinco años en una notaría con dicha categoría, y si fuera de primera, son necesarios nueve años. ¿Y cuál es el motivo? Pues porque el notario tiene la categoría de la notaría a la que sirve, y la normativa vigente así lo prevé. Además, el paso por las diferentes categorías ayuda a los notarios a adquirir práctica y a conocer las peculiaridades y diferencias del Derecho español.
Y entonces, ¿cómo se cambia de notaría? A través de concurso. Se publican en el BOE las plazas vacantes (de jubilados, traslados, defunciones…) y los notarios podemos optar a ellas en función de la antigüedad y de la categoría de la notaría. Las plazas salen a concurso una vez por antigüedad y otra vez “a clase”. La antigüedad depende del número de años que lleves en el cuerpo desde que aprobaste, aunque también puedes ganar años de antigüedad mediante la oposición entre notarios. Cuando las plazas de primera o segunda salen “a clase” tiene preferencia el notario con el número más bajo de la misma categoría de la notaría que sale a concurso, y en su defecto, el más antiguo de la categoría inmediatamente inferior. Si la notaría es de tercera, tendrá preferencia el más antiguo en dicha clase, y en su defecto, el más antiguo en la carrera.
Después de todo lo anterior, la pregunta sería: ¿puedes llegar a la notaría de tu padre cuando él se jubile? Sí, siempre que se cumplan las premisas que hemos visto, es decir, que seas notario, que haya un concurso, y que en dicho concurso te sea adjudicada la plaza vacante que él dejó cuando se jubiló. Es decir, hay que cumplir las reglas del juego, seas hijo o no.
¡Hasta la próxima!
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