Antes de casarse con el banco… pregunte al notario

Joaquín Vicente Calvo Saavedra 22/05/2014

En no pocas ocasiones en mi despacho, al acabar la firma de un préstamo hipotecario, he escuchado la misma broma por parte de los clientes y de los representantes de la entidad bancaria: «Ya podemos decir que estamos casados con el banco».

Es una idea generalizada, que cuando se firma un préstamo con hipoteca, se crea un vínculo muy especial y duradero con el banco por parte de los clientes, y no es por tanto una broma muy desacertada el compararlo con una boda  para «casi toda la vida».

Por eso, siempre pienso que igual que cuando queremos formalizar una relación nos hemos tomado nuestro tiempo en conocernos y en saber lo bueno y lo malo uno de otro, también al firmar nuestra relación con el banco debemos informarnos y tomarnos nuestro tiempo para saber en qué condiciones nos estamos «casando».

El banco, antes de concedernos un préstamo nos pide un montón de información, no sólo económica, sino también de contenido personal; rellenamos un cuestionario en el que se nos pregunta todo acerca de ingresos, trabajo, salud, familia.

¿Y nosotros? Creo que no solo debemos conformarnos con pensar que nos han dejado el dinero y que tenemos que devolverlo. Es necesario informarnos bien de cómo nos lo dejan y cuáles son las condiciones y consecuencias fundamentales de lo que firmamos.

Los notarios dentro de nuestras funciones y obligaciones tenemos una fundamental para mí, que es la del asesoramiento imparcial y gratuito a las partes. En el caso del préstamo hipotecario, está claro que la parte que necesita la información  es el que solicita el préstamo. Como clientes se debe aprovechar esta posibilidad, pedir toda la información necesaria antes de la firma para evitar sorpresas que no tienen por qué existir.

Los notarios debemos preparar la escritura pública mediante la solicitud de  todos los datos necesario para ello, tanto si existe una compraventa previa, como si se trata simplemente de un préstamo hipotecario; información que desde los tres días previos a la cita para la firma y hasta el momento de la misma está a disposición plena del cliente en la notaría.

Preguntar dudas no es molestar, es valorar el trabajo del notario; es una muestra de confianza que personalmente agradezco mucho y que considero que justifica mi profesión.  Estamos para ayudar desde la posición de no ser parte interesada, y el conocimiento que la experiencia nos da en cuanto a los documentos que deben prepararse  para el momento de la lectura / explicación ante las partes.

Preguntar es quedarse tranquilo con lo que se firma, detectar posibles  discordancias entre lo hablado, conocer las comisiones, los plazos, las condiciones de posibles subidas o bajadas de cuotas, de posibilidad de pagar anticipadamente, de posibles bonificaciones en la cuota; saber, en resumidas cuentas, lo que se refleja en la escritura, y lo que se firma.

Por eso, conviene aclarar cualquier duda, tanto antes de la cita acudiendo a la notaria, como en el momento de la firma, para  que el notario nos explique y aclaren conceptos dudosos y conseguir entender lo más posible en qué condiciones nos estamos «casando con el banco».

Enlace recomendado: ¿Qué es una hipoteca?

Por Fernando Gomá  (Notario de Cebreros)

Categorías del artículo

Suscríbete a la newsletter

Solo se enviarán las actualizaciones de la página. Los envíos se realizarán mediante Google FeedBurner