¿Qué habría hecho él? El «testamento» vital

Itziar Ramos Medina 05/12/2017

Tomar decisiones es una tarea que puede resultar difícil, en especial, si la conclusión afecta a un tercero. Si a eso le añadimos que esta persona no pueda manifestarnos su opinión, la cuestión se complica más.

Puede que  alguna vez te hayas encontrado en la habitación de un hospital, ante un familiar enfermo, teniendo que decidir si se le aplica o no determinado tratamiento y habrás comprobado que no es sencillo hacerlo, y que siempre hay una pregunta en el aire: ¿qué habría hecho él o ella?

Hoy en día podemos evitar este trance a nuestros seres queridos contestando a esta pregunta de antemano mediante el comúnmente conocido como “TESTAMENTO” VITAL.

Lo primero que hay que decir es que no es un testamento propiamente dicho, ni es conveniente recoger esta clase de instrucciones en un testamento puesto que el contenido del mismo únicamente se conoce después del fallecimiento, por lo que no sería de utilidad. Lo mejor es hacer un documento de voluntades anticipadas (así se llama el “testamento” vital) en el que podemos manifestar nuestros deseos con relación:

  • A los tratamientos que queremos que nos sean o no aplicados en caso de enfermedad o intervención quirúrgica.
  • A la donación de nuestros órganos con el fin que deseemos.
  • A nuestras creencias y valores para que sean tenidos en cuenta por el personal sanitario a la hora de determinar qué actuación médica seguir o no.

La elaboración de este documento es sencilla. Si queremos hacerlo en documento público deberemos otorgar un acta ante notario en la que se recogerán nuestras manifestaciones, así como el nombramiento de un representante, es decir, la persona de nuestra confianza que queremos que se encargue, entre otras cosas, de vigilar la correcta aplicación de nuestras instrucciones.

Posteriormente, ese acta debe inscribirse en el Registro de Voluntades Anticipadas de la consejería correspondiente. Este Registro no es público, es decir, no cualquier persona puede conocer el contenido de los documentos, sino que el acceso al mismo está limitado a la persona otorgante, su representante y al personal sanitario que la esté tratando.

Sé que muchas personas, yo entre ellas, eludimos pensar en la enfermedad o en la muerte, pero también es verdad que de una manera sencilla podemos evitar que nuestros seres queridos tengan que decidir por nosotros en situaciones de una gran carga emocional, así que deberíamos pensar en ellos, hacedles un favor y otorgar nuestro testamento vital.

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